VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

La Vigilancia de la Salud es la herramienta que utiliza la Medicina Ocupacional para hacer el seguimiento de la incidencia que las condiciones de trabajo tienen sobre la salud de los trabajadores; esta vigilancia consiste en el proceso de recolección de información y análisis sistemático que abarca todas las evaluaciones necesarias para proteger la salud los trabajadores, con el objetivo de detectar los problemas de salud relacionados con el trabajo y controlar los factores de riesgos y prevenir los daños a la salud del trabajador.
Sobre Vigilancia Médica:

La vigilancia se debe realizar con:
· El mayor respeto a la intimidad y dignidad del trabajador.
· Confidencialidad de los datos que aporte el trabajador sobre su salud en la entrevista médica, que no trascenderán en ningún caso a la empresa, a no ser que éste de su consentimiento expreso y fehaciente.
· El uso de las técnicas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.
· La evitación de su uso con fines discriminatorios ni en perjuicio del operario.
· La comunicación de los resultados, que será únicamente al trabajador.
Puede llevarse a cabo mediante reconocimientos médicos, exámenes de médicos de salud ocupacional o exámenes médicos ocupacionales. Si bien es lo más frecuente, cabe mencionar que es sólo una de las formas posibles. También se tienen las encuestas de salud, los controles biológicos, los estudios de ausentismo laboral, las estadísticas de incidentes y los estudios epidemiológicos por centro de trabajo o por sectores de actividad productiva de bienes o de servicios.
Tipos de Vigilancia Médica:
Entre los tipos de vigilancia médica, se tiene:
· Inicial: Después de la incorporación al trabajo o de la asignación de nuevas tareas con nuevos riesgos específicos.
· Periódica: Según los productos o condiciones de trabajo a los que esté expuesto el trabajador que así lo requieran por legislación.
· Posterior a una ausencia prolongada por motivos de salud.
· En aplicación del principio de adaptación, que aúna la evaluación de riesgos con las condiciones personales, se realizará la vigilancia de la salud de:
- Trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente o lactante.
- Trabajadores especialmente sensibles.
En el marco del reglamento de ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) se exhorta a los empleadores a la Identificación y evaluación de los riesgos ocupacionales, así como la Vigilancia de la salud de los trabajadores. Es así como la vigilancia de la salud de los trabajadores se constituye en una obligación para el empleador como parte del deber instrumental de prevención frente a los riesgos laborales.
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