IMPORTANCIA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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IMPORTANCIA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es uno de los elementos principales del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo. Es un órgano bipartito y paritario, constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos.

En los centros de trabajo con 20 o más trabajadores, el empleador debe constituir un comité de SST, el cual debe estar conformado de forma paritaria, con igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora. Teniendo en cuenta que no debe ser menor de 4 ni mayor de 12 miembros. En los centros de trabajo con menos de 20 trabajadores son los mismos trabajadores quienes nombran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo.

· REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR: Designado por empleador entre personal de dirección y confianza.

· REPRESENTANTES DEL TRABAJADOR: Elegidos por trabajadores mediante proceso de elección directo y secreto.

DURACIÓN Y REQUISITOS DEL COMITÉ SST

El mandato de los representantes de los trabajadores o del Supervisor de SST dura 1 año como mínimo y 2 como máximo. Los representantes del empleador ejercerán el mandato por el plazo que la organización determine. La instalación del CSST debe efectuarse dentro de los 10 días hábiles de finalizado el proceso de elección de los miembros de los representantes de los trabajadores.

Los requisitos para ser miembro del Comité SST son: 1) Ser trabajador del empleador, 2) Tener mínimo 18 años, 3) De preferencia tener capacitación en temas de SST o laborar en puestos que generen conocimientos sobre riesgos laborales.

Está conformado por:

· PRESIDENTE: Convoca, preside y dirige reuniones, facilita aplicación de acuerdos del comité de SST, representa al comité de SST ante el empleador.

· SECRETARIO: Realiza labores administrativas del comité.

· MIEMBROS: Aportar iniciativas del empleador y de los trabajadores, hacer cumplir acuerdos del comité de SST.

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL COMITÉ SST?

Al Comité SST se le atribuyen las siguientes funciones y facultades:

· Participar en la elaboración, desarrollo y evaluación del Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

· Discutir, antes de su puesta en práctica, los proyectos en materia de organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos.

· Analizar los daños a la salud con el fin de valorar sus causas y proponer medidas de control.

· Promover iniciativas de prevención y mejora de las condiciones de trabajo.

· Visitar el centro de trabajo para conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos (inspecciones).

· Recibir capacitación en temas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Por lo tanto, es importante la conformación del Comité SST en aras del resguardo de la salud y bienestar de los trabajadores, también es relevante que todos los miembros de la organización tengan conocimientos sobre salud y seguridad laboral, así como de la legislación que ampara su derecho a trabajar en un ambiente con condiciones saludables, menos probabilidad de accidentes y enfermedades ocupacionales.


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